La Agencia de Investigación de Delitos de Violencia Vicaria garantizará que su personal comprenda a profundidad el delito para ofrecer una investigación integral con mejores resultados
Ulises Lara López, encargado de despacho de la Fiscalía capitalina, inauguró el pasado 20 de noviembre la Agencia de Investigación de Delitos de Violencia Vicaria; estará adscrita a la Fiscalía de Investigación del Delito de Violencia Familiar.
Dicha Agencia acumulará procesos que evitarán la dispersión de hechos y, si el caso lo requiere, llevar las investigaciones en su totalidad.
De acuerdo con Lara López, la creación de esta agencia «es un paso crucial en la lucha de la violencia familia«. Además compartió que uno de los objetivos es que el personal que integre la agencia «comprendan, a profundidad, este delito para que puedan investigarlo y atenderlo con profesionalismo y sensibilidad que se requiere«
Desde la Fiscalía mantenemos una postura abierta para recibir retroalimentación, innovar en los procesos y garantizar una atención cada vez más eficaz a las víctimas, quienes son el eje central de nuestro trabajo. Las víctimas al centro».
Ulises Lara López
Atención jurídica, especialistas con atención psicológica, un espacio lúdico (para menores de edad), área de descanso y un espacio de resguardo seguro para víctimas son algunos de los servicios con los que cuenta esta nueva Agencia.
Además dependerá de la Coordinación General de Investigación de Delitos de Género.
Su actual ubicación es en el cuarto piso del edificio principal de la Fiscalía capitalina en la calle Digna Ochoa 56 de la colonia Doctores en la alcaldía Cuauhtémoc.
Competencias de la nueva Agencia
De acuerdo con la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, dicha agencia tiene la labor de investigar el delito de violencia vicaria cuando se cometa en contra de descendientes, ascendientes, personas con discapacidad o enfermedad que se encuentre bajo su cuidado en los siguientes supuestos:
- Cuando las amenazas o intimidaciones consistan en no volver a ver a sus familiares.
- Exigir o condicionar a la mujer a realizar cualquier acción bajo la advertencia que de no hacerlo no volverá a verles.
- Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a cargo del imputado a la realización de una conducta.
- Que les pongan en peligro por intencionalmente dejarles sin supervisión, cuidado adecuado o exponiéndoles a situaciones peligrosas o insalubres.
- Ponerles en riesgo real, actual e inminente que implique afectaciones irreparables a la integridad física, psicoemocional y sexual.
- Negar o retrasar intencional o injustificadamente la atención médica necesaria.
- Actos de violencia física o psicológica.
- Trasladar con fines de residencia sin el consentimiento de la víctima y si una orden o determinación de la autoridad competente.
- Separar de la víctima a sus descendientes menores de hasta dos años sin su consentimiento, orden u determinación de la autoridad competente.
- Impedir, limitar, condicionar reiterada e injustificadamente la convivencia.
- Presentar dos o más denuncias, demandas o demás recursos jurídicos notoriamente improcedentes en hechos falsos en contra de la víctima para obstaculizar o impedir la convivencia.
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