El aguinaldo no es un regalo, es un derecho laboral en México establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), se trata de una prestación anual obligatoria que todo empleador debe cubrir. Conocer cómo calcular el aguinaldo te da la seguridad financiera para planificar tus gastos de fin de año, y lo más importante, para verificar que el monto que recibas sea el correcto y justo.
Si eres trabajador, tienes derecho a recibir, como mínimo, el equivalente a 15 días de salario por el año de servicio completo. Esta prestación debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Si trabajaste menos de un año, te corresponde una parte proporcional.
Para que dejes las dudas atrás y tomes el control de tus finanzas, hemos simplificado los pasos de cálculo. Te explicaremos la fórmula exacta, tanto para quienes han laborado el año completo como para aquellos que tienen un aguinaldo proporcional, tomando como referencia la información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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Fórmula Base: ¿Cómo calcular el Aguinaldo?
Esta fórmula aplica para los trabajadores que cumplieron un año completo de servicio con el mismo patrón. El cálculo es directo y se basa en tu salario diario.
- Obtén tu Salario Diario:
- Salario Diario = Salario Mensual/30 días
- Calcula el Aguinaldo Mínimo por Ley:
- Aguinaldo = Salario Diario x 15 días
Ejemplo Práctico: Si tu salario mensual neto es de 12 mil peos
- Salario Diario: 12,000 / 30 = 400 pesos
- Aguinaldo: 400 x 15 días = 6 mil pesos
Importante: La LFT establece 15 días como el mínimo legal. Si tu contrato o convenio colectivo otorga más días, debes multiplicar tu salario diario por el número de días que te corresponden.

Aguinaldo Proporcional: Si no trabajaste el año completo
Si comenzaste a trabajar durante el año, renunciaste o finalizó tu relación laboral antes del 31 de diciembre, tienes derecho a una parte proporcional de la prestación, de acuerdo con la PROFEDET.
- Calcula tu Salario Diario (mismo paso anterior).
- Determina tu Proporcional Diario de Aguinaldo:
- Proporcional Diario = (Aguinaldo Mínimo de 15 Días / 365 días del año)
- Calcula el Aguinaldo Proporcional:
- Aguinaldo Proporcional = Proporcional Diario x Días Trabajados
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Días Trabajados: Se refiere a los días efectivos que laboraste en el periodo (incluyendo días de descanso obligatorio, periodos pre y postnatales, o incapacidades por riesgo de trabajo, según la PROFEDET).

Aguinaldo y el SAT: ¿Debo pagar ISR?
El aguinaldo es una gratificación que, por ley, puede estar exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) solo hasta cierto límite, según el SAT.
- Parte Exenta: La ley exenta del ISR el equivalente a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
- Parte Gravable: Solo la cantidad de tu aguinaldo que exceda el valor de 30 UMAS será la que esté sujeta a la retención de impuestos.
Tu empleador es responsable de aplicar el cálculo y la retención correspondiente, que debe verse reflejado en tu recibo de nómina (CFDI) timbrado ante el SAT. Si tienes dudas sobre la retención, puedes consultar directamente con la autoridad fiscal o con la PROFEDET.
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