La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sanciones económicas impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) al partido político Construyendo Sociedades de Paz, conocido como Partido Paz, por ofrecer y entregar despensas a ciudadanos a cambio de asistir y afiliarse durante su proceso de constitución como fuerza política nacional.
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Por unanimidad resolvió mantener dos multas de 67 mil 884 pesos cada una, al considerar que quedó acreditada la vulneración al derecho de libre asociación y afiliación política de la ciudadanía.
¿Por qué sancionaron al Partido Paz?
Los casos corresponden a dos asambleas distritales realizadas en Jalisco durante el proceso de conformación del partido:
- 10 de agosto de 2025, en San Pedro Tlaquepaque.
- 3 de mayo de 2025, en Tala.
Tras analizar actas, publicaciones en redes sociales, testimonios, imágenes y entrevistas, el INE concluyó que durante ambas reuniones se ofrecieron o entregaron despensas como incentivo para que las personas acudieran a los eventos y se afiliaran a la organización.
De acuerdo con e órgano electoral, esto afectó la libertad de asociación política, por lo que impuso dos multas económicas a la organización.
TEPJF avala pruebas presentadas por el INE
La organización impugnó las resoluciones al argumentar que el INE basó su decisión únicamente en indicios y no en pruebas directas, además de señalar que las sanciones eran desproporcionadas y que existieron irregularidades en las notificaciones.
Sin embargo, la Sala Superior desestimó esos argumentos.
En el caso de Tala, el proyecto del magistrado Gilberto Bátiz García determinó que existía una cadena suficiente de elementos probatorios, entre ellos:
- Un acta certificada en la que personal del INE documentó que asistentes preguntaban dónde recibirían la despensa prometida.
- Una publicación en Facebook donde se invitaba a la asamblea ofreciendo una despensa gratuita.
- La concentración de personas en un inmueble cercano donde presuntamente se entregaban las despensas.
- Entrevistas domiciliarias que confirmaron el ofrecimiento o la entrega de los apoyos.
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Respecto a la asamblea en Tlaquepaque, el proyecto de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho también concluyó que las pruebas eran suficientes para acreditar la infracción.
Entre los elementos considerados estuvieron testimonios de asistentes que preguntaban por la hora de entrega de las despensas, declaraciones de personas que decidieron retirarse al descubrir que se trataba de un acto político, así como imágenes y videos de ciudadanos con productos de despensa y cartulinas colocadas en las inmediaciones convocando a recoger los apoyos en un domicilio cercano.
El pleno sostuvo que, en materia administrativa sancionadora, las pruebas indirectas pueden ser suficientes para acreditar una infracción cuando existe una cadena de indicios sólida, coherente y convergente que permita demostrar los hechos y el vínculo con el infractor.
Partido Paz obtuvo recientemente su registro nacional
La resolución del TEPJF ocurre apenas unas semanas después de que el INE otorgó el registro como partido político nacional a Construyendo Sociedades de Paz, junto con Somos México, permitiéndoles participar por primera vez en las elecciones federales de 2027.
Con la confirmación de estas sanciones, el nuevo partido mantiene vigente su registro, aunque deberá cubrir las multas derivadas de las irregularidades detectadas durante su proceso de constitución.



