Sedesa suspende 331 purificadoras de agua debido a que representan un riesgo sanitario para los habitantes de la capital
La Secretaría de Salud de la Ciudad de México (Sedesa), informó a través de la Agencia de Protección Sanitaria que fueron verificadas mil once purificadoras de agua, de las cuales 331 fueron suspendidas por representar un riesgo sanitario y anomalías durante el proceso.
Los principales riesgos sanitarios identificados en las purificadoras suspendidas fueron: la falta de limpieza general en sus instalaciones, así como de control de plagas y la presencia de fauna nociva. Además, el personal que atiende no cuenta con capacitación en buenas prácticas de higiene.
🔎La @AGSANITARIA en esta administración ha suspendido ⛔ 331 purificadoras de agua por anomalías y riesgos a la salud, luego de la verificación a un total de 1,011 puntos.
— Secretaría de Salud de la Ciudad de México (@SSaludCdMx) July 15, 2024
💧La Agencia vigila de forma permanente la calidad del agua que se vende al público en las purificadoras.… pic.twitter.com/5YjKXroFFf
Sin embargo, en esta verificación también se llevó a cabo la capacitación de seis mil 251 personas en buenas prácticas para el proceso de agua y hielo, además de 69 mil 115 orientaciones sanitarias en establecimientos de acuerdo con AGEPSA.

¿Cuáles son los incumplimientos a la normativa sanitaria y las anomalías en una verificación?
AGEPSA, que es quien vigila de manera permanente la calidad del agua y COFEPRIS que es quien regula los riesgos sanitarios de los diferentes servicios, son quienes brindan una serie de permisos y autorizaciones a las purificadoras de agua. Por ejemplo:
- Riesgo Sanitario: De esta manera se garantiza que las instalaciones cumplan con las normas de calidad y seguridad.
- Permiso de uso de Suelo: Este permiso se valida con la autoridad local de el municipio o alcaldía correspondiente.
- Alta ante el SAT: Esto con el fin de registrar cualquier empresa ante el Servicio de Administración Tributaria bajo el Regimen de Incorporación Fiscal.
- Normas Oficiales Mexicanas (NOM): Específicamente en la purificación del agua, se debe seguir con la NOM-127-SSA1-2021, en la cual se establecen los límites permisibles de calidad y tratamiento de agua potable.
- Permisos Ambientales: Cualquier negocio genera un impacto ambiental, por lo cual se tiene que pedir un permiso a la SEMARNAT.
- Aprobación de Protección Civil: Involucra que el local cuente con las señalizaciones adecuadas, el número requerido de extintores, un botiquín y salidas de emergencia.
Por estos factores es que se aseguraron mil doscientos litros de agua sin etiquetar; setenta y un kilogramos y tres litros de productos químicos. De igual forma se llevaron seis equipos empleados para el proceso de purificación y un equipo de refrigeración. Ya que no todos los comercios contaban con todas las medidas sanitarias y de seguridad.

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