Chiapas continúa siendo el único estado de México en el que el maltrato animal no es un delito; la discusión de la propuesta representa una vía de avance en esta materia
El maltrato animal en Chiapas es un tema pendiente que se ha presentado en la legislatura local en varias ocasiones sin obtener resultados positivos; una vez más, legisladores locales presentaron el 18 de junio ante el Congreso del Estado una iniciativa para reformar el Código Penal del estado en esta materia.
La iniciativa propone adicionar diversas disposiciones del Código Penal estatal en materia de protección y cuidado de animales de compañía para establecer sanciones a quienes cometan estos actos.
Las diputadas Marcela Castilla Atristain (Morena), Andrea Negrón Sánchez (Movimiento Ciudadano), Valeria Santiago Barrientos (Partido Verde Ecologista de México) y el diputado Juan Salvador Camacho Velasco (Morena) fueron quienes presentaron esta propuesta ante la Mesa Directiva.
Sin más intervenciones del resto de los legisladores locales de todos los partidos, la propuesta se turnó a la Comisión correspondiente para su análisis y posterior dictamen en el pleno.
Cabe recordar que en la legislatura anterior se presentaron cuatro iniciativas de reforma al Código Penal en esta misma materia, además de una propuesta que contaba con el respaldo de la sociedad civil con firmas ciudadanas, pero no se avalaron, informó El Heraldo de Chiapas.
De aprobarse la iniciativa en Comisiones y posteriormente el dictamen en el pleno representaría una vía de avance en la legislación de estos delitos, ya que Chiapas es el único estado de México que no sanciona legalmente el maltrato animal.
Todas las entidades federativas del país tienen la competencia para legislar en materia de protección animal: SCJN
Apenas en enero de 2025, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los delitos de crueldad o maltrato animal en la Ciudad de México (CDMX) son constitucionales, recordando en la misma sesión que todas las entidades federativas del país tienen la competencia para legislar en materia de protección animal.
En ese sentido, la Primera Sala de la SCJN también se posicionó sobre los rituales esotéricos y religiosos respetando el derecho a la libertad de expresión sin justificar la comisión de delitos:
«Máxime que, con la emisión de las normas, la intención específica de los legisladores no fue prohibir un acto en específico como la inmolación de un animal en la práctica religiosa, sino disuadir el ejercicio de cualquier conducta, perteneciente o no a la manifestación de una religión, en la cual se realice de manera dolosa, actos cuyo fin sea lesionar, dañar o alterar la salud de cualquier especia animal o bien, se dé la muerte de manera dolosa a cualquier especia animal a través de actos de crueldad o maltrato», concluyó la Corte.
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