Con 476 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a los retiros parciales por desempleo de las Afores de los trabajadores
La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley del Seguro Social, para regular los retiros parciales por desempleo de las Afores de los trabajadores.
Por unanimidad de 476 votos a favor, los diputados y diputadas avalaron limitar la cantidad de dinero que se puede solicitar de los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Justificaron la reforma al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, al decir que han detectado un esquema. En este trabajadores asegurados, con intervención de aparentes despachos y gestores, retiran hasta diez mil pesos de sus ahorros para el retiro.
Según los legisladores, simulan una operación en la reactivación al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por un periodo de solo algunos días registrando salarios base más altos a los que realmente tienen los trabajadores en sus trabajos.
Esto con la finalidad de elevar el salario base de cotización registrado. Así buscan alcanzar el límite superior establecido en la normativa vigente de diez veces el salario mínimo general que rija en la Ciudad de México.
Dichas actividades han puesto en riesgo los ahorros y semanas de cotización de las personas trabajadoras, por lo que ha producido que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro tuviera que implementar mecanismos de validación en las aplicaciones y sistemas de las Afores”
cÁMARA DE dIPUTADOS

Cuáles serán los retiros parciales permitidos en las Afores
La reforma establece que las personas desempleadas solo podrán retirar cierta cantidad de dinero que será promediada de sus últimos salarios, siguiendo ciertos escenarios.
Si la cuenta individual del trabajador tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS, acreditados en dicha cuenta, podrá retirar la cantidad que resulte al equivalente a 30 días de su salario base de cotización promedio de las últimas 52 semanas. Esta debe tener un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) mensual.
También, si la cuenta individual tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización. Este es el promedio de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.5% del saldo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
El documento, enviado al Senado, expone en el régimen transitorio que el IMSS y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro contarán con un plazo de 180 días naturales para realizar las modificaciones.
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