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La SCJN rechaza recuperar presupuesto mínimo para víctimas

foto para nota de la scjn y el presupuesto para víctimas
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó recuperar el presupuesto mínimo para víctimas de violaciones a derechos humanos o delitos. Los votos en contra de rescatar este para ayuda, asistencia y reparación integral fueron de las ministras Lenia Batres Guadarrama, María Estela Ríos González y Sara Irene Herrerías Guerra, así como del ministro  Irving Espinosa Betanzo.

El presupuesto fue eliminado por el Congreso de la Unión con una reforma reforma a la Ley General de Víctimas (LGV) en el 2020 y garantizaba un monto mínimo, exclusivo e irreductible del 0.014% del gasto programable del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). 

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El Centro Prodh promovió una demanda de amparo en enero de 2021 y, en marzo de 2023, la Primera Sala de la SCJN resolvió por unanimidad el Amparo en Revisión 675/2022, en cuya sentencia declaró que la eliminación de la garantía presupuestaria en favor de las víctimas constituye una medida regresiva injustificada y violatoria del principio de progresividad, en relación con el derecho humano a una reparación integral del daño. Pese a ello, el Ccongreso de la Unión no discutió el tema, por lo que la SCJN se vio obligatoria a abrir la discusión para determinar si la declaratoria de inconstitucionalidad debía tener efectos generales. 

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El Pleno de la Corte desestimó el proyecto de sentencia en la que el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía declarar como violatoria de la Constitución la reforma a Ley General de Víctimas, que eliminó la garantía de presupuesto mínimo. Votaron a favor los ministros Hugo Aguilar Ortiz, Arístides Rodrigo Guerrero García, Giovanni Azael Figueroa Mejía y las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.

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Centro Prodh reclama por revés a presupuesto mínimo para víctimas

El Centro Prodh lamentó la decisión de la SCJN y sostuvo que el Pleno de la nueva Corte decidió ir más allá de la discusión de la declaratoria general de inconstitucionalidad, reabriendo el fondo del amparo en Revisión, que ya había sido discutido por la Primera Sala de SCJN. 

“Esta práctica es violatoria del principio de seguridad jurídica y contraviene la figura de ‘cosa juzgada’, al reabrir discusiones que jurídicamente debían considerarse agotadas. Esta tendencia debilita la coherencia y estabilidad de las decisiones judiciales de la SCJN”, sostuvo en un comunicado.

En un país donde la crisis de violencia y de violaciones graves a derechos humanos persiste, se requiere de órganos judiciales que pongan al centro a las víctimas, escuchando sus exigencias y garantizando la tutela plena de sus derechos ya conquistados”, agregó.

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