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SCJN ordena al Congreso aprobar Ley General de Personas Jóvenes tras cinco años de incumplimiento

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SCJN ordena al Congreso aprobar Ley General de Personas Jóvenes
Foto. Ruido en la Red
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes, al determinar que mantiene una omisión legislativa desde 2020. El Poder Legislativo tendrá un plazo máximo de dos períodos ordinarios de sesiones para aprobarla.

La reforma constitucional aprobada en 2020 establecía que el Congreso debía expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes en un plazo máximo de un año, antes de diciembre de 2021. Sin embargo, a más de cinco años después de vencido ese plazo, la legislación sigue pendiente.

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La ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien elaboró el proyecto aprobado, dijo que la resolución no busca que el Poder Judicial haga el trabajo del Congreso ni intervenga en sus facultades, lo que se exige es que el Poder Legislativo cumpla con una obligación que la propia Constitución le impuso desde 2020.

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¿Por qué la Suprema Corte le pidió al Congreso expedir la ley de los jóvenes?

La reforma constitucional en cuestión fue aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, posteriormente ratificada por la mayoría de los congresos estatales y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2020.

Con esa reforma se reconocieron los derechos de las personas jóvenes en la Constitución y se ordenó al Congreso expedir una Ley General en Materia de Personas Jóvenes en un plazo de un año, aunque se presentó una iniciativa al respecto hasta ahora no se ha aprobado la ley en general.

Ante ello, un grupo de jóvenes presentaron un juicio de amparo pues consideraron que la falta de la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dificulta que los derechos que ya les reconoce la Constitución puedan aplicarse y garantizarse de manera efectiva.

El día de ayer 01 de julio de 2026, durante la sesión de la SCJN, los ministros concluyeron que el Congreso de la Unión incumplió la obligación establecida en la Constitución al no expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes, por lo que señalaron que no se trataba de una decisión opcional del Poder Legislativo, sino de un mandato que debe cumplirse.

La Corte determinó que esta falta constituye una omisión legislativa absoluta, debido a que la reforma constitucional publicada en 2020 ordenó la creación de esta ley a través de un artículo transitorio y dicho mandato venció desde 2021. Además, se impuso el un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones para que el Congreso emita la legislación pendiente.

Los ministros aseguraron que la sentencia reconoce que las personas jóvenes tienen derecho a impugnar esta omisión mediante un juicio de amparo, ya que son el sector directamente afectado por la ausencia de la ley que debía desarrollar y garantizar los derechos que la Constitución les reconoce.

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Un grupo de jóvenes presentaron un juicio de amparo para exigir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes para que se garanticen sus derechos. Foto. Captura de pantalla

¿De qué trata la propuesta de Ley General en Materia de Personas Jóvenes?

La iniciativa de Ley General en Materia de Personas Jóvenes tiene como objetivo reconocer y proteger los derechos de este sector de la población, definiendo las bases para garantizar su desarrollo integral, en donde se determine que los jóvenes son un sector fundamental para el desarrollo del país y que requieren una protección específica por parte del Estado.

En la propuesta se contempla el respeto a la identidad, el libre desarrollo de la personalidad, la protección de la integridad física y mental, el acceso a la justicia y el derecho a vivir libres de discriminación. También prohíbe cualquier acto de criminalización o persecución hacia las personas jóvenes por su apariencia, forma de vestir, ideología, condición de discapacidad u otras características personales.

La iniciativa además reconoce derechos relacionados con la vida familiar, la participación social y política, la igualdad de género, la libertad de expresión, la salud y los derechos sexuales y reproductivos. Además, establece que las autoridades deben promover condiciones que permitan a las personas jóvenes participar activamente en los asuntos públicos, organizarse libremente y contribuir al diseño y seguimiento de políticas públicas dirigidas a este sector.

Para lograr este objetivo, se plantea crear una Política Nacional de Juventud coordinada por el Instituto Mexicano de la Juventud, la cual se apoyará de instrumentos como el Sistema Nacional de Personas Jóvenes, el Programa Nacional de Personas Jóvenes, el Consejo Nacional de las Personas Jóvenes y un sistema de información especializado.

A parte establece que los recursos destinados al desarrollo de las juventudes sean considerados prioritarios y que exista coordinación entre los distintos órdenes de gobierno para implementar las acciones previstas en la ley.

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