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Caso Ernestina Ascencio: Corte IDH responsabiliza al Estado mexicano por violación, tortura y muerte de mujer indígena; Segob publica sentencia

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Ernestina Ascencio
Foto: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
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La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el resumen oficial de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que responsabiliza al Estado mexicano por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario —una mujer indígena náhuatl de 73 años— ocurrida en Veracruz en 2007.

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¿Qué concluyó la Corte IDH sobre el caso Ernestina Ascencio?

La resolución, emitida el 30 de septiembre de 2025 dentro del caso “Ascencio Rosario y otros vs. México”, concluyó que agentes del Estado fueron responsables de la agresión sexual contra la mujer, así como de las graves lesiones que derivaron en su fallecimiento. Además, determinó que las autoridades mexicanas incumplieron su obligación de investigar los hechos con la debida diligencia y garantizar el acceso a la justicia para sus familiares. 

De acuerdo con el resumen oficial difundido por Segob, la Corte estableció que la violación sexual cometida contra Ernestina Ascencio constituyó un acto de tortura y que la falta de atención médica adecuada y oportuna contribuyó a su muerte.

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También señaló que el Estado mexicano es responsable por las violaciones a los derechos a la vida, la integridad personal, la salud, la honra y la dignidad de la víctima.

¿Quién fue Ernestina Ascencio?

Ernestina Ascencio Rosario era una mujer indígena náhuatl monolingüe que vivía en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra de Zongolica, Veracruz. El 25 de febrero de 2007 —durante el sexenio del entonces presidente Felipe Calderón— fue encontrada gravemente herida cerca de una base militar instalada por el Ejército mexicano un día antes en la zona.

Según la sentencia, la mujer relató a familiares y habitantes de la comunidad que había sido atacada sexualmente por soldados. Horas después fue trasladada a distintos centros de salud, pero falleció el 26 de febrero de 2007 en el Hospital Regional de Río Blanco. 

La Corte IDH concluyó que las pruebas periciales, los testimonios y el contexto de militarización en la región permiten establecer que la agresión sexual fue perpetrada por elementos del Ejército mexicano.

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Corte IDH ordena nuevas investigaciones y reparaciones

Como parte de la sentencia, el tribunal internacional ordenó al Estado mexicano reabrir y conducir una investigación penal exhaustiva para identificar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales de la violación, tortura y muerte de Ernestina Ascencio. También exigió que cualquier proceso contra militares sea llevado por la jurisdicción civil y no por el fuero militar. 

Asimismo, dispuso medidas de reparación integral que incluyen atención médica y psicológica para los familiares, un acto público de reconocimiento de responsabilidad, becas educativas para descendientes de las víctimas y la creación de mecanismos para garantizar intérpretes en lenguas indígenas dentro de los sistemas de salud y justicia.

La publicación en el DOF también forma parte de las medidas de satisfacción ordenadas por la Corte IDH. El fallo estableció que el resumen oficial de la sentencia debía difundirse en español y náhuatl, además de hacerse público en sitios oficiales del Gobierno de México, del estado de Veracruz y de los poderes judiciales federal y estatal.

La sentencia también obliga al Estado mexicano a difundir el fallo en redes sociales institucionales y a implementar acciones para prevenir la repetición de hechos similares, especialmente en comunidades indígenas y en contextos relacionados con la actuación de fuerzas armadas. 

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