En México, muchas de las leyes contra la violencia de género llevan nombres de mujeres; es decir, tienen nombre propio. Estos nombres nos recuerdan que detrás de cada reforma hay una historia de abuso que generó indignación, protestas y presión social para que las autoridades la transformaran en ley.
Leyes como la Ley Olimpia, Ley Ingrid, Ley Malena, Ley Monse, Ley Valeria y la Ley Monzón no fueron casualidad, son ejemplos de la lucha de cada una de ellas que alzaron la voz.
Estas leyes no solo miran hacia atrás para hacer justicia, también miran hacia adelante, protegen a las mujeres de hoy que luchan por sus derechos, pero sobre todo, a las niñas que aún están creciendo, que puedan vivir en un país donde su cuerpo, su imagen y su vida estén protegidos por leyes y por una sociedad que ya no normalice la violencia. Cada reforma no es solo un cambio legal, sino es una promesa de que la historia puede ser distinta para la siguiente generación.
En un país en el cual, de acuerdo al INEGI y ONU Mujeres, hay 67 millones de mujeres en México, de las cuales el 63% de 15 años o más han experimentado un acto violento en su vida, y en el que en promedio 10 mujeres son asesinadas cada día, se necesitaban leyes para garantizar la seguridad de las mujeres víctimas de violencia de género.
Te explicamos el origen de su nombre, por qué se crearon y su impacto en la sociedad. De hecho, en realidad no son leyes en sí, sino un conjunto de reformas que modifican leyes o códigos existentes.
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Ley Malena
La Ley Malena entró en vigor el 20 de febrero de 2024 y su impulsora fue la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos, quien sufrió un intento de feminicidio con ácido en septiembre de 2019, en su domicilio. El ataque fue planeado por su expareja el exdiputado del PRI, Juan Carlos Vera Carrizal. Este caso generó indignación en la sociedad a causa de las quemaduras, lesiones e impacto psicológico que causó en Malena.
Esta reforma está vigente en 16 estados y tipifica los ataques con ácido y sustancias químicas como violencia ácida, con penas de 8 a 12 años de prisión. Busca proteger a las mujeres de agresiones que buscan desfigurar o causar dolor permanente, a menudo considerándolos tentativa de feminicidio.
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Ley Olimpia
Se le conoce así por la activista Olimpia Corral Melo, quien fue víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento. Olimpia tenía 18 años cuando, en 2013, su expareja difundió un video íntimo sin su autorización, lo que derivó en violencia a través de medios digitales; sufrió humillación, juicio, estigmatización social y revictimización, lo cual le generó repercusiones sociales y emocionales.
Esta reforma entró en vigor el 2 de junio de 2021, y está vigente en 28 estados del país. Sanciona actos que atentan contra la integridad, intimidad, dignidad y privacidad de las personas (imágenes, videos, audios), cometidos mediante tecnologías, con penas 3 a 6 años de prisión y multas de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
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Ley Ingrid
Ingrid Escamilla había denunciado a su marido por violencia intrafamiliar, pero su demanda nunca procedió. Tiempo después, su pareja la asesinó y mutiló su cuerpo para ocultar el delito. Cuando la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ) llegó al lugar del crimen, un agente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana grabó un vídeo con el cuerpo de Ingrid y de su marido, imágenes que después circularon por redes sociales.
Esta reforma entró en vigor el 22 de febrero de 2021 en la Ciudad de México y está vigente en 7 estados de la República; a nivel federal, la reforma ha tenido varias modificaciones y sigue en espera de ser aprobada por la Cámara de Diputados, luego de que el Senado le hiciera modificaciones. Establece sanciones de 3 a 12 años de prisión a funcionarios de Salud, Fiscalía, Seguridad o cualquier servidor público o persona, que filtre imágenes de cadáveres en redes sociales u otros medios de información; cuando las víctimas sean mujeres, las penas se incrementarán.
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Ley Monse
Monserrat Bendimes, una estudiante veracruzana de 20 años, fue víctima de violencia física por parte de su novio Marlon Botas. El ataque de Marlon la mandó al hospital con fracturas en el cráneo, cuello y brazo, además de otras lesiones. Lamentablemente, el 23 de abril de 2021, murió en el hospital. El agresor escapó con la ayuda de sus padres, Diana Elizabeth y Jorge Ignacio, y estuvo prófugo de la justicia durante más de un año.
Esta reforma plantea endurecer las penas para quienes encubran a los responsables de feminicidios, prohíbe que se utilice la «excusa absolutoria» para aquellos que, por afecto o parentesco, oculten a personas acusadas de feminicidio, homicidio o transfeminicidio
Determina penas de dos a ocho años de prisión y multas que varían entre 500 y 1000 días de salario. Entró en vigor el 5 de diciembre de 2022, está vigente en 6 estados del país.
Ley Monzón
Su nombre se debe a Cecilia Monzón Pérez, una abogada penalista y activista especializada en temas de perspectiva de género. Un 21 de mayo de 2022, la abogada iba en su automóvil, cuando desde una motocicleta le dispararon, causándole la muerte. Javier, padre del hijo de Cecilia y contra quien mantenía un proceso legal por pensión alimenticia, presuntamente fue el autor intelectual del feminicidio.
Esta reforma establece la pérdida automática de la patria potestad a los padres que sean vinculados a proceso por el feminicidio o intento de feminicidio de la madre de sus hijos. Busca proteger a los menores al evitar que queden bajo la custodia de quien asesinó a su madre.
Entró en vigor en el estado de Puebla, el 2 de marzo de 2023. Actualmente, la Ciudad de México, Estado de México, Sinaloa, Oaxaca, Nayarit y Colima ya la aprobaron. Desde septiembre de 2025, una iniciativa en la Cámara de Diputados busca que se eleve a rango nacional.
Ley Valeria
Lleva ese nombre por Valeria Macías, maestra y promotora cultural de Nuevo León, quien fue acechada durante cinco años sin que las autoridades pudieran actuar, debido a que no se consideraba delito.Valeria fue acosada por un exalumno identificado como “David”, el acecho comenzó en redes sociales enviándole correos diarios con imágenes íntimas, violentas o capturas de publicaciones.
Esta reforma solo ha sido aprobada en la Cámara de Diputados y establece sancionar conductas como vigilar, perseguir, intentar comunicarse por cualquier medio o acosar de manera insistente sin consentimiento.
Determina penas de 1 a 4 años de prisión y hasta 400 días de multa. Actualmente, son 9 estados en los que está vigente esta ley.


