Destacadas

SCJN rechaza atraer amparos de implicados en ataque contra María Elena Ríos

9
SCJN rechaza atraer amparos de implicados en ataque contra María Elena Ríos
Foto. Facebook. María Elena Ríos
Anuncios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió no atraer la revisión de los amparos promovidos por los presuntos responsables del ataque contra María Elena Ríos, entre ellos el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, por lo que los recursos legales continuarán en manos de otros tribunales federales.

Sin discutir el tema en la sesión, el pleno de la SCJN determinó por mayoría de cinco votos no ejercer su facultad de atracción (mecanismo que le permite asumir casos de relevancia jurídica o social que inicialmente corresponden a otros tribunales) para revisar cinco amparos directos promovidos por los presuntos responsables del ataque con ácido contra María Elena Ríos.

Anuncios

Los ministros Hugo Aguilar Ortiz, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf votaron a favor de que la Corte revisara directamente el caso, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra decidió no participar en la votación al «excusarse» porque anteriormente había intervenido en el tema cuando trabajaba en la Fiscalía General de la República como titular de la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos y evitar un posible conflicto de interés por lo que prefirió no votar.

La SCJN decidió no atraer la revisión de los amparos promovidos por los presuntos responsables del ataque contra María Elena Ríos Foto. X

Te puede interesar: De la Ley Olimpia a la Ley Valeria: leyes contra la violencia de género que nombran la lucha de mujeres víctimas en México

Anuncios

¿Por qué la SCJN decidió no atraer el caso de María Elena Ríos ?

El caso llegó al máximo tribunal porque la Fiscalía General de la República (FGR) le solicitó que revisara los amparos promovidos por los acusados, al considerar que el asunto podía definir criterios sobre cómo deben actuar jueces sustitutos dentro de un proceso penal.

No obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer el caso porque la mayoría de los ministros consideraron que no era necesario que el máximo tribunal lo revisara directamente.

Aunque la Fiscalía General de la República argumentó que el asunto podía servir para fijar criterios importantes sobre perspectiva de género y las facultades de jueces sustitutos, cinco ministros votaron en contra de que la Corte asumiera el análisis.

Eso no significa que el caso se cerró ni que los acusados ganaron los amparos, solo la Corte decidió que esos recursos legales continúen siendo resueltos por otros tribunales federales.

¿Qué pedía la FGR?

Carmen Lucía Sustaita Figueroa, titular de la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la República, solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraer el caso relacionado con el ataque contra María Elena Ríos para definir la interpretación que debe darse al artículo 138 del Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de providencias precautorias.

La Fiscalía refirió que era necesario establecer criterios sobre los parámetros que deben seguir los jueces de control al valorar, con perspectiva de género, las pruebas presentadas durante las audiencias de revisión de prisión preventiva justificada en delitos cometidos contra mujeres, como la tentativa de feminicidio.

Asimismo, pedíá a la Corte pronunciarse sobre casos donde un Tribunal de Enjuiciamiento sea suspendido o inhabilitado, para determinar si un juez sustituto tiene facultades para redactar y emitir una sentencia con base en las audiencias y argumentos expuestos previamente ante otro juzgador.

Te puede interesar: Caso Edith Guadalupe: cronología del feminicidio, según la fiscalía CDMX

María Elena Ríos pedía que la Corte atrajera el caso

María Elena Ríos Ortíz confiaba en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera su caso pues aseguró que lleva casi siete años pidiendo justicia por el intento de feminicidio con ácido que sufrió por parte del exdiputado y empresario gasolinero Juan Antonio Vera Carrizal.

“En todo este tiempo no he podido acceder a la justicia, debido a la corrupción que impera en el estado de Oaxaca, pues el agresor ha ejercido su poder económico y político para pervertir y corromper el proceso penal en su contra, Vera Carrizal ha usado sus influencias para salir de la cárcel fingiendo enfermedades, supuestamente desde diciembre de 2024 se encuentra en un hospital privado y su familia no ha permitido que peritos oficiales e imparciales verifiquen su situación de salud”, puntualizó.

Señaló que han sido 10 jueces los que han analizado su caso sin que haya una sentencia condenatoria que marque un precedente para todas las mujeres.

María Elena Ríos señaló que la atracción del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación era una oportunidad para establecer un precedente en México para reconocer los ataques con ácido contra mujeres como una forma extrema de violencia feminicida, con el fin de evitar que estos delitos continúen siendo minimizados o queden en la impunidad.

Anuncios