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Derechos humanos de 22 mujeres del Cefereso de Morelos fueron vulnerados por el Estado mexicano: ONU

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Imagen de archivo del Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO) CPS 16 en el estado de Morelos. Foto: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
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El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU determinó que el Estado mexicano vulneró los derechos humanos de 22 mujeres privadas de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 16 de Morelos, debido al uso prolongado e injustificado de la prisión preventiva y la falta de revisiones periódicas de esta medida.

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En el dictamen emitido tras analizar la Comunicación 189/2022, el Comité concluyó que México no demostró que la privación de la libertad de las mujeres cumpliera con los criterios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad, por lo que la medida terminó convirtiéndose en una pena anticipada que afecta los principios de igualdad y no discriminación.

La denuncia fue presentada por las 22 mujeres recluidas en el Cefereso 16 —el único penal federal exclusivo para mujeres en el país— con acompañamiento de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP). Las internas señalaron que permanecieron en prisión preventiva durante años, en algunos casos más de 15 años, sin un análisis individualizado ni revisiones efectivas de su situación jurídica.

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Prisión preventiva prolongada y falta de atención médica

El Comité también advirtió que las condiciones de internamiento afectaron de forma particular a las mujeres y a sus familias. Entre los problemas identificados están la lejanía del penal respecto a sus lugares de origen, lo que dificulta el contacto con hijas, hijos y familiares.

Asimismo, se documentó falta de acceso a servicios médicos adecuados, incluidos servicios de ginecología y atención en salud mental. CEDAW señaló que cuando los centros penitenciarios no atienden las necesidades específicas de las mujeres se configura una forma de discriminación.

De acuerdo con el dictamen, la combinación de prisión preventiva prolongada, atención médica insuficiente y restricciones al contacto familiar constituyó una violación a los derechos de las mujeres privadas de la libertad.

Además, indicaron que diversas reformas constitucionales han reforzado la aplicación de la prisión preventiva oficiosapara determinados delitos, lo que —según el planteamiento presentado ante el Comité— genera impactos diferenciados en las mujeres, especialmente cuando no se consideran sus contextos personales, sociales y familiares.

¿Qué recomendaciones emitió la ONU a México?

Entre las medidas recomendadas al Estado mexicano, el Comité pidió:

  • Reparación integral para las víctimas.
  • Atención médica especializada y psicológica.
  • Revisión de las medidas cautelares de quienes continúan en prisión preventiva.
  • Garantizar que en el Cefereso 16 existan servicios médicos adecuados, diagnósticos oportunos y acceso a medicamentos.

El dictamen también establece que la prisión preventiva debe aplicarse solo como último recurso y por el menor tiempo posible, y advierte que su uso automático con base únicamente en el tipo de delito puede afectar de forma desproporcionada a mujeres en situación de vulnerabilidad.

‘Un precedente relevante’

El Instituto Federal de Defensoría Pública presentó la comunicación ante el Comité en enero de 2021 con el objetivo de visibilizar las violaciones a derechos humanos de las 22 mujeres representadas.

Para el organismo, la resolución de CEDAW constituye un precedente relevante, al cuestionar la aplicación automática y prolongada de la prisión preventiva desde una perspectiva.

El Instituto Federal de Defensoría Pública presentó la comunicación ante el Comité en enero de 2021 con el objetivo de visibilizar las violaciones a derechos humanos de las 22 mujeres representadas.

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Para el organismo, la resolución de CEDAW constituye un precedente relevante, al cuestionar la aplicación automática y prolongada de la prisión preventiva desde una perspectiva de discriminación estructural de género y reforzar los estándares internacionales sobre los derechos de las mujeres privadas de la libertad.

Además, recordó que ninguna persona debería permanecer más de dos años en prisión preventiva sin que un juez se pronuncie sobre su responsabilidad penal, ya que la prolongación excesiva de esta medida suele ser injustificada y contraria a los principios del sistema de justicia penal. de discriminación estructural de género y reforzar los estándares internacionales sobre los derechos de las mujeres privadas de la libertad.

Además, recordó que ninguna persona debería permanecer más de dos años en prisión preventiva sin que un juez se pronuncie sobre su responsabilidad penal, ya que la prolongación excesiva de esta medida suele ser injustificada y contraria a los principios del sistema de justicia penal.

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